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Cinco Saltos

Probation para el acosador callejero

El acosador callejero de Cinco Saltos que fue denunciado por una ex compañera de trabajo cumplirá su condena a traves de una «probation» en la que deberá cumplir una serie de medidas de conducta.

La chica lo había denunciado a principios de este mes por su constante hostigamiento. Aseveró que le mandaba mensajes y fotos subidas de tono y que “en todo momento insiste en tener algo con él”.

El detonante fue otro mensaje que recibió cuando salía de un gimnasio, en el que le dijo «culona salí del gym y vamos». Ahí fue a la policía y realizó la presentación.

La causa ingresó al Juzgado de Paz, donde se la encuadró en el Artículo 44 del Código Contravencional provincial, correspondiente a la figura de acoso callejero.

El titular de la dependencia, Enzo Espejo, dispuso formalizar la acusación contra HJO -así lo identifican y citarlo para informarle que se inicia la investigación. Además, ordenó la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros y un tratamiento psicoterapéutico para él y asistencia psicológica para la joven.

Posteriormente HJO se presentó en el Juzgado y tras realizar un descargo solicitó la suspensión del juicio contravencional a prueba.

Espejo aceptó el requerimiento y le concedió el beneficio por seis meses, lapso en el que deberá acatar reglas de comportamiento.

Sostuvo que se daban las condiciones para otorgar el pedido y manifestó que lo contempla el Código Contravencional que busca “brindar soluciones rápidas a los problemas vecinales cotidianos y evitar su escalada hacia confrontaciones que puedan alcanzar mayor gravedad por consiguiente procurar una herramienta de pacificación social”.

Pautas de conducta que deberá respetar

En su resolución conocida el último lunes 22, el magistrado ratificó la orden de acercamiento, pero la amplió de 200 metros como había dispuesto provisoriamente, a 500 metros. Aunque quedó exceptuada la distancia ante la cercanía que existe entre el gimnasio al cual concurre la denunciante y el domicilio del denunciado

Además, HJO debe “abstenerse de realizar actos molestos, perturbadores, violentos, de hostigamiento, de persecución y de hipervigilancia que afecten de forma directa o indirecta, por todo medio”, a la chica.

Tampoco puede interactuar con ella, tanto en el ámbito público, privado o laboral, por todo medio.

En tanto que el hombre deberá realizar una capacitación que “implique un abordaje desde la construcción de nuevos conceptos relativos al género y a la masculinidad, con el fin de no repetir y hacer cesar conductas relativas a la masculinidad hegemónica que conlleve a lo que una sociedad patriarcal impone -como mandato social- a los hombres y que opera como un condicionante social”.

El cumplimiento lo deberá acreditar con su correspondiente certificado de asistencia y aprobación. Una alternativa que le ofrecen es hacerlo en el área de «Genero y Diversidad» de Río Negro.

También le ofrecieron a HJO la posibilidad acceder a un programa de tratamiento, que elija, sobre el consumo problemático de sustancias.

Finalmente le advirtieron que en caso de incumplimiento o ser condenado por otra contravención, la causa judicial continuará su curso.

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