Entre las medidas de comportamiento, que debía acatar por el término de dos años, establecieron: prohibición de acercamiento a la mujer a menos de 100 metros de su domicilio y por cualquier medio, y en caso de encuentro fortuito él debía abandonar el lugar. También tenía que realizar un tratamiento psicológico y una capacitación en violencia de género.
Además, se comprometió a pagarle $10 mil a la víctima, como reparación simbólica. El resto fueron medidas de rigor: mantener domicilio, someterse al control de Patronato de Presos y Liberados y presentarse cada 30 días en el Juzgado de Paz de Cinco Saltos.
En octubre último se cumplió el plazo definido, por lo que se convocó a una audiencia pedida por la fiscal Guiñazú Alaniz, quien solicitó el sobreseimiento de MEZ, con el fundamento que había cumplido las normas que le habían ordenado. En lo relevante, destacó, pagó la reparación monetaria a la víctima y no cometió nuevos delitos, de acuerdo a lo informado por el Registro Nacional de Reincidencias.
El requerimiento fiscal, que contó con la adhesión del defensor Sujonitzky, fue avalado por el juez Guillermo Baquero Lazcano, que declaró la extinción de la acción penal por el cumplimiento de la probation y dictó el sobreseimiento del masajista.
El magistrado también declaró, como lo señala el Código Penal, que la formación del proceso judicial “no afectó el buen nombre y honor del que hubiere gozado”.

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