La justicia fijó fecha para la audiencia de formulación de cargos contra el presidente del Concejo Municipal de Campo Grande, Daniel Hernández imputado junto a su secretario de gobierno, Facundo Pinilla, la concejal Rosa Mesonero y la ex concejal Sandra Fuentes, como responsables del delito de defraudación contra la administración pública agravada. Los cargos también alcanzan a la particular la particular Vanesa Alejandra Sánchez, que se desempeña en servicios inmobiliarios.
Este jueves se ratificó que la nueva audiencia se realizará el próximo martes 12 de mayo al mediodía en la oficina judicial de Cipolletti.
Como se recordará, cuando se realizó la primera de las audiencias el día lunes 23 de febrero, el juez de garantías, Juan Puntel, hizo lugar al pedido formulado por las defensas de los acusados cuestionando que el concejal Patricio Ñewin sea querellante en el proceso, entendiendo que el damnificado es el municipio de Campo Grande y no un particular y postergó la realización de la audiencia hasta nueva fecha, que hoy quedó definida.
En aquella oportunidad se había escuchado la exposición del fiscal Gustavo Herrera que concluyó en que existió un beneficio económico indebido a favor de la vendedora y que los hechos encuadran en el delito de defraudación contra la administración pública agravada, atribuido a los funcionarios y a la particular en carácter de coautores.
La causa
Los hechos ocurrieron entre el 25 y el 26 de septiembre del 2024, cuando el intendente y sus funcionarios adquirieron en forma irregular en forma directa, sin licitación y sin consentimiento de los dos tercios del Concejo Municipal, 14 lotes ubicados en la localidad de San Isidro por un monto total de 204 millones de pesos.
El fiscal Herrera detalló que la operación se realizó pese a que los inmuebles no estaban mensurados ni individualizados en el Registro de la Propiedad Inmueble al momento de la venta. “No podía haberse vendido como 14 lotes porque no lo eran”, sostuvo durante la audiencia.
Además, remarcó que no se declaró la utilidad pública del inmueble, ni se autorizó la contratación directa por razones de urgencia, ni se realizó una tasación previa, informes de dominio o estudios de factibilidad. “La compra se hizo sin cumplir los pasos formales que la Carta Orgánica exige”, señaló.
En su exposición, Herrera afirmó que la maniobra provocó un perjuicio económico al municipio, ya que, según la fiscalía, el valor real del terreno como lote único era menor. Además, según el fiscal, la primera transferencia se realizó antes de que el contrato estuviera firmado, desde una cuenta de Rentas Generales sin destino específico.




















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