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Techo Digno: la jueza rechazó el pedido de nulidad y prescripción formulado por Tortoriello y Baratti

En una breve audiencia que se realizó por la plataforma Zoom, la jueza Alejandra Berenguer rechazó el pedido formulado por las defensas de los exintendentes de Cipolletti, Abel Baratti y Aníbal Tortoriello, en el caso Techo Digno, por lo que continuará el control de acusación y la posterior elevación a juicio.

Además de ambos jefes comunales están los empresarios Domingo Mocciola (Mocciola constructora); Arturo Mendiberry (Zigma); y José Daniel Zoppi (Zoppi SA); y la ex contadora municipal Lucila Chiocconi.

La magistrada adelantó que en la audiencia solo iba a leer la resolución adoptada; ya que la argumentacón de su decisión se iba a subir al sitio web del Poder Judicial.

Luego, expresó que rechazó el pedido de nulidad que habían planteado los defensores en la audiencia anterior, ya que consideró que “no se está violando el derecho de defensa” de los imputados. Tampoco consideró viable el pedido de prescripción de la causa, que habían solicitado ante la extensión de la investigación y el paso del tiempo. También descartó el cambio de calificación legal solicitado por una de las partes.

Berenguer consideró que la acción penal no se extinguió, ya que uno de los imputados aún ocupa un cargo público, lo que activa la suspensión del plazo de prescripción contemplada en el artículo 67 del Código Penal. Sostuvo que esta disposición resulta aplicable en este caso, de acuerdo con la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.

La causa se originó en Cipolletti, a partir de la implementación del programa Techo Digno mediante un convenio entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. El acuerdo contempló la construcción de más de 400 viviendas, que se adjudicaron a empresas privadas.

Según la acusación, durante las gestiones municipales de dos intendentes, se habrían efectuado pagos que no se correspondían con el avance real de las obras, lo que habría generado un perjuicio al patrimonio público.

La fiscalía – a cargo en este cargo de Santiago Márquez Gauna -, les atribuye el sobrepago de más de 5.000 millones de pesos – según la actualización realizada en marzo -, que cuando se realizó la entrega de las obras no pudieron ser justificados. También se cuestiona el desvío de los fondos de una cuenta específica a las cuentas del municipio.

Además, la resolución descartó el planteo de nulidad de la acusación fiscal, presentado por las defensas de Baratti y Tortoriello. Ambos defensores señalaron que la Fiscalía había cambiado su teoría del caso al presentar los hechos como una única maniobra delictiva. La jueza entendió que no se alteró la plataforma fáctica ni se vulneró el derecho de defensa, y aclaró que cada acusado deberá responder por su propia conducta.

La investigación se mantendrá en etapa intermedia y continuará con el proceso hacia el juicio, en el cual se analizarán las pruebas reunidas. Todos los imputados carecen de antecedentes penales registrables, según informó la Fiscalía en la última audiencia.

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