La justicia resolvió un conflicto vecinal que se había presentado en la ciudad. La historia comenzó cuando una mujer denunció a su vecino por ruidos molestos y perturbación a la convivencia. El sonido constante y excesivo del escape de su vehículo se había convertido en un problema grave y alteraba la calidad de vida de la mujer.
El caso fue tramitado en el Juzgado de Paz, donde se evaluaron las pruebas y testimonios. Finalmente, la Justicia resolvió suspender el proceso a prueba, imponiéndole al acusado un período de seis meses con reglas de conducta para garantizar la paz vecinal.
La vecina presentó su denuncia en sede policial. Tras recibir la causa, el Juzgado de Paz de Cinco Saltos formalizó la acusación contra el denunciado por violar los artículos 47 y 49 del Código Contravencional de Río Negro.
Los artículos mencionados sancionan las molestias a terceros y la perturbación a la convivencia armónica, dos faltas que pueden afectar la tranquilidad de una comunidad. Con la denuncia en curso, el acusado tuvo la oportunidad de presentar su defensa y solicitar la suspensión del proceso a prueba, un beneficio contemplado en la ley contravencional.
El acusado reconoció la falta y vendió el escape
Durante la audiencia realizada el 5 de marzo de 2025, el acusado reconoció su falta y explicó que ya había vendido el escape que generaba el ruido molesto. Además, aseguró que no volvería a repetir la conducta y pidió disculpas a su vecina por los inconvenientes causados.
La jueza a cargo del caso consideró que estaban dadas las condiciones para conceder la suspensión del juicio a prueba por seis meses. Este beneficio se otorga cuando el acusado muestra disposición a corregir su conducta y evitar nuevas contravenciones.

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