El magistrado convocó a la mujer a una audiencia en la que declaró haber sido víctima de hechos de violencia por parte del hombre, comportamientos que asoció al consumo de cocaína.
Se transforma mal
Sin embargo no pedía que le impusieran medidas para alejarlo, como la exclusión del hogar o prohibición de acercamiento. Quería que lo obligaran a realizar “terapia o un tratamiento para sus adicciones”, porque ese era la causa de su hostilidad, recalcó.
«Insisto en que creo importante que él comience a hacer tratamiento por sus adicciones, eso ayudaría», enfatizó.
De hecho dijo que después de la denuncia el vínculo había mejorado “satisfactoriamente”, según expreso. Contó que ambos comenzaron a concurrir a una iglesia y que él “empezó a ocuparse y enfocarse” en su oficio, y que ella ayudó a comprarle herramientas que necesitaba.
Espejo consideró que pese, a los intentos justificativos de la mujer y tal como se encuentran el escenario, “las relaciones intrafamiliares continuarían bajo un riesgo potencial”. Precisó que, de acuerdo al testimonio de la chica, “se advierten la existencia de indicadores de riesgo que estarían principalmente relacionados al consumo problemático de sustancias” que padece el hombre.
Resaltó sus “celos excesivos” y lo que deriva de ello: agresiones. Por lo que el magistrado concluyó que era “prudente y adecuado” aceptar lo pedido por la denunciante.
En consecuencia el juez dispuso, aplicando un abordaje con perspectiva de género en clave de derechos humanos, medidas precautorias por el término de 90 días, de acuerdo a lo que señala la Ley 3040 que regula la Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares.
Entre las pautas le ordenó al acusado realizar “de manera obligatoria tratamientos psicoterapéuticos a través de programas reflexivos, educativos, de prevención y erradicación de la violencia familiar, a fin de internalizar su responsabilidad, abandonar y deslegitimar sus comportamientos violentos”.
Asimismo el abordaje profesional deberá atender su “problemática de adicciones” con un tratamiento adecuado.
Para cumplir con lo establecido la resolución señala que deberá concurrir de forma “inmediata” al Servicio de Salud Mental del Hospital Área Cinco Saltos u otro centro de salud de similares características mas cercano a su domicilio.
Mientras que para la chica también dispuso asistencia médica o psicológica, y le indicó que también puede asistir al hospital local.
Espejo requirió poner en conocimiento lo resuelto al Juzgado de Familia de turno para que intervenga de acuerdo a los lineamientos expresados por la norma de violencia familiar.

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