Fue condenado a seis años de prisión el joven de 20 años que el pasado 1 de diciembre de 2023, alrededor de las 17 en una vivienda del barrio 48 Viviendas de nuestra ciudad le dió un balazo a su pareja adolescente en un episodio de violencia de género. El fallo aún no está firme, por lo que puede ser impugnado.
El ataque ocurrió durante una discusión cuando el disparo impactó en el abdomen de la víctima, de 15 años. El tribunal calificó el caso como lesiones graves agravadas por la relación de pareja, el uso de un arma de fuego y el contexto de violencia de género. El fallo rechazó la teoría de un accidente presentada por la defensa.
Según lo acreditado en el juicio, el acusado manipuló un arma de fuego durante una discusión con la víctima, en un contexto de violencia psicológica y física. Durante el incidente, el arma se disparó y le causó a la joven una herida abdominal. La rápida asistencia médica permitió salvar su vida tras dos intervenciones quirúrgicas.
El tribunal concluyó que el disparo no fue un accidente y descartó los argumentos de la defensa. La sentencia destacó que las pruebas periciales, el relato de la víctima en cámara Gesell y los informes médicos confirmaron que el disparo fue realizado con el cañón del arma apoyado en el cuerpo de la joven. También quedó probado que el acusado no contaba con autorización legal para poseer armas de fuego.
El fallo resolvió que el acusado es culpable de lesiones graves calificadas por la relación de pareja, en un contexto de violencia de género y con el uso de un arma de fuego. El caso se inscribió en el marco de la ley 26.485, que define y aborda la violencia de género en sus diferentes manifestaciones.
La sentencia subrayó que la relación de pareja entre el acusado y la víctima estuvo marcada por un control abusivo, celos excesivos y manipulación psicológica. La conducta desplegada en el incidente reflejó un menosprecio por la vida de la víctima, aunque no se acreditó una intención homicida directa.
Control psicológico y poder asimétrico
En la resolución, se subrayó que la relación entre el acusado y la víctima estaba marcada por dinámicas de poder asimétricas, celos extremos y conductas de control psicológico que la colocaron en una situación de vulnerabilidad.
El tribunal también valoró que la manipulación del arma de fuego, el contexto violento y la gravedad de las lesiones justificaban la calificación de lesiones graves agravadas por la relación de pareja, el uso de arma de fuego y el contexto de violencia de género.
“Vale decir entonces que en el momento en que se desencadena el hecho, el disparo fue en ese contexto violento, y el arma, no se disparó sola, no se trató de un accidente”, afirmó el tribunal al fundamentar la condena. El fallo aún no está firme, por lo que puede ser impugnado.
Aquel primer día de diciembre del año pasado, la adolescente ingresó al hospital local con una herida de bala en el abdomen. Luego fue trasladada al hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti, donde fue intervenida quirúrgicamente. En un primer momento su vida estuvo en riesgo y hasta la familia pidió orar por ella.
La mamá declaró en Canal 10 que había sufrido doble perforación de intestino, y que el proyectil había quedado alojado muy cerca de la columna vertebral, por lo que necesitaba otra intervención. Afortunadamente los profesionales lograron recuperarla.
La investigación puso bajo la mira a quien era su novio, un muchacho joven, quien a través de su defensa resaltó su inocencia. Inicialmente la chica declaró en cámara Gesell que se había tratado de un accidente.
Pero con el avance de la pesquisa y la asistencia que recibió por parte de profesionales y la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), cambió su versión.
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