Una mujer denunció que su ex pareja había manoseado a la hija menor de ambos durante una visita, pero la investigación determinó que no fue verdad y el hombre quedó sobreseído en una causa que se tramitó en los tribunales de Cipolletti.

El indicio principal que permitió esclarecer lo sucedido fue la Cámara Gesell realizada a la niña, en la que expresó “no saber para qué había concurrido al dispositivo”, expresa el fallo conocido recientemente.

El testimonio de la chica, considerado categórico, fue reproducido en una audiencia de presentación de pruebas realizada días atrás, en la que el abogado defensor pidió desvincular al acusado del expediente por entender que no había cometido el hecho.

En cambio, el profesional aseguró que “se trataba de una falsa denuncia por un trasfondo de conflictividad familiar”.

La Fiscalía no objetó el requerimiento de la defensa, pero aclaró que frente a estas situaciones “no se dispone el sobreseimiento, sino el archivo del legajo”.

De todos modos, no se opuso a la petición que benefició al imputado. Su postura la fundamentó también en que la niña “no hizo referencia ni al hecho ni a la circunstancia del presunto develamiento” del presunto manoseo cuando habló en la pericia audiovisual.

Además introdujo la hipótesis de que se había desatado un conflicto con la ex pareja por la tenencia de la menor, y que por eso la madre lanzó la acusación.

Por su parte la Defensoría de Menores, en su actuación coadyuvante del Ministerio Público Fiscal, también adhirió a la postura del acusador y añadió que correspondía el sobreseimiento por haber sido solicitado por el defensor.

La jueza María Agustina Bagniole avaló lo requerido por las partes y dictó el sobreseimiento del hombre quien, no obstante, debió atravesar el proceso judicial cargando una acusación detestable, hasta que su misma hija destimintió todo.

La magistrada explicó en este sentido, que “la actuación de los Jueces y las Juezas está limitada a lo estrictamente peticionado por las partes”.

Agregó que en orden a los fundamentos dados “corresponderá disponerse la desvinculación definitiva de (…) de esta pesquisa, por no haberse cometido el hecho investigado”.

En tanto que recalcó que es la Fiscalía la que “fija la política criminal con lo que, si su titular ha evaluado que en este caso no podía continuar investigando, desde mi función nada podía resolver en un sentido contrario, aunque no esté de acuerdo con la solución propuesta”.

La tenencia como trasfondo

La sentencia judicial relata que la denuncia por el presunto abuso la presentó la madre de la niña en febrero de este año. Pero señaló en la presentación que el hecho había ocurrido en septiembre de 2021, luego que la niña volviera de una visita de la casa de su padre.

En esa oportunidad, según preció, la niña le dijo que le dolía “abajo” y al revisarla descubrió que tenían los labios superiores de la vagina colorados. La mujer le preguntó que le había sucedido, y ella le dijo que el papá la había tocado.

Aseguró que la llevó al hospital, pero que no se inició el protocolo de abuso y que la médica que la atendió “le recomendó que no hiciera la denuncia porque no prosperaría”.

Para la fiscalía, la acusación la presentó a comienzos de este año “a raíz de un temor por la disputa que tienen actualmente por la tenencia de la pequeña”.

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