Un hombre fue condenado a tres años de prisión en suspenso por haber abusado sexualmente de su hijastra, de 14 años. Lo confesó y no va preso en esta instancia, pero deberá cumplir pautas de comportamiento para que no le reviertan la condicionalidad de la pena.

El condenado, identificado como R.J.M. para preservar a la víctima, fue acusado por una agresión sexual que ocurrió el 1º de abril del año pasado en una casa de Cinco Saltos, donde vivía con su pareja y su hija adolescente.

Cerca de la 1, la mujer se fue a duchar, entonces el padrastro aprovechó e irrumpió en la habitación de la adolescente, a la que encontró acostada en la cama.

Según la acusación de la fiscalía, se acostó encima de ella, le abrió las piernas y comenzó a moverse “de arriba hacia abajo, continuamente, frotando de esa forma su miembro viril sobre la vagina de la niña sobre la ropa”.

Al mismo tiempo, comenzó a besarla en el cuello y fue bajando hasta la zona de la panza, donde también la besó. Solo se detuvo cuando la víctima pudo pedir auxilio a los gritos a su madre.

R.J.M. fue imputado por abuso sexual simple agravado por haberse cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la convivencia preexistente.

La causa avanzó y se encaminaba al juicio, pero las partes representadas por el fiscal Leandro López y el defensor Mario Nolivo, con el acompañamiento de la defensora de Menores Alicia Merino, propusieron cerrarla en un juicio abreviado con la imposición del castigo en suspenso y medidas de comportamiento.

El acusado aceptó la resolución y la pena, lo que involucró reconocer que cometió el hecho. La jueza Alejandra Berenguer avaló lo consensuado por las partes y dictó el fallo en esos términos.

Sostuvo que quedó “acreditada la existencia histórica del hecho narrado por la fiscalía, contando con suficiente evidencia para ello, además del reconocimiento del acusado”. También merituó que no tiene antecedentes penales.

Entre las pruebas, contaron con el testimonio de la menor en cámara Gesell y el de su mamá, además de informes de profesionales de la Oficina de Asistencia a la Víctima y del Cuerpo de Investigación Forense.

Concluyó que el castigo es acorde a la normativa legal, al igual que las pautas de conducta.

Debe permanecer lejos de la menor

R.J.M. deberá cumplir medidas de conducta por el término de dos años. Por empezar, tiene prohibido acercarse a menos de 100 metros de la menor y a 500 de su casa. Tampoco debe mantener contacto con ella por ningún medio. Mientras que deberá realizar un curso de masculinidades, someterse al cuidado del Instituto de Presos y Liberados y será incorporado al Reprocoins (Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual).

Las demás disposiciones son de rigor: fijar domicilio del que no podrá ausentarse en forma prolongada o mudarse sin dar inmediato aviso al Juzgado de Ejecución, no cometer nuevos hechos delictivos y abstenerse de consumir en exceso bebidas alcohólicas o estupefacientes en la via

pública.

 

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