Según lo descripto por la fiscalía, se produjo una discusión porque DRJ le recriminara que se emborrachaba y drogaba.
Pese a la gravedad de la lesión DJ salvó su vida de milagro, pero estuvo más de un mes internado.
Inicialmente el agresor fue imputado por intento de homicidio, pero en el desenlace de la causa el fiscal Leandro López y el defensor Oficial Juan Pablo Piombo plantearon un acuerdo parcial para declarar culpable al hombre, pero por una calificación más leve: lesiones graves calificadas por ser cometidas con alevosía.
El cambio, explicó López, surgió al considerar las declaraciones tomadas en la investigación. Sobre todo la de la propia víctima, quien en un primer momento dijo que su hijastro había intentado matarlo, pero luego aclaró que no había sido esa la intención y que “solo fue producto de la bronca, por peleas que venían teniendo, pero que antes se llevaban bien”.
De hecho, el hombre no objetó el cambio de calificación que permitió el juicio abreviado parcial, ya que admitió quería que se lo beneficiara a J, quien en el debate se mostró arrepentido y le pidió perdón en reiteradas oportunidades. Dijo que “fue un error que cometió” y se lo adjudicó al consumo alcohólico. Cerveza, puntualizó. Además, aseguró que “, que no lo va a molestar más a D”.
El tribunal formado por María Florencia Caruso -voto rector-, Alejandra Berenguer y Marcelo Gómez, aceptaron de manera unánime el acuerdo alcanzado entre las partes y declararon culpable a J. Pero no hubo consenso en cuanto a la pena, por lo que se pasó al juicio de cesura.
Definición del castigo
El fiscal López reclamó 4 años y 6 meses de prisión efectiva. Dijo que no desconocía que le cabía una pena en suspenso porque la mínima es de 3 años y la máxima de 10, pero consideró como agravante que J actuó “de manera cobarde, innecesario, sin arrepentimiento” y que su pedido de disculpas “es solo fruto de la situación que vive”.
Por su parte el defensor Piombo pidió aplicar el mínimo con una sanción en suspenso (sin ir preso) y para reforzar el requerimiento alegó que “las cárceles están superpobladas”. Propuso pautas de conducta, que se le coloque un dispositivo GPS y prohibición de acercamiento a la víctima, incluso que no ingrese a Cinco Saltos. Mencionó que una amiga le había ofrecido un lugar donde vivir en caso de recuperar la libertad.
Carusso discrepó con el agravante esgrimido por López y aclaró que la conducta había sido descripta en el concepto “alevosía” con que se lo declaró culpable.
Destacó en cambio atenuantes, como que J “es un hombre joven, con proyectos de familia, tiene un hijo de 15 años”, mientras que su novia LB, que lo visitaba en la cárcel, dijo que “piensan en un futuro juntos”, y que nunca tuvo un episodio de violencia con ella. Además, mencionó que posibilidades de conseguir trabajo si salía en libertad, en chapa y pintura y limpieza de hornos.
La jueza también mencionó que carece de antecedentes penales – si bien estuvo preso en 1999- y destacó la impresión que le causó el imputado. Sostuvo que “en las dos audiencias fue respetuoso, pidió disculpas en ambas” y aclaró que si bien el Fiscal no le creyó “el tribunal ha considerado que se lo notó genuino y sincero cuando le habló directamente a D. y le pidió disculpas, incluso manifestó que lo extrañaba, lo cual movilizó a la propia víctima”.
Sumó a ello el buen concepto de él que describieron testigos de la defensa, como la madre, una amiga y su novia, quienes se manifestaron “todas sorprendidas con este accionar”, ya que “él no es así, no es violento” y “no ha tenido otros episodios similares”. También valoró que un peritaje determinó que “el riesgo de reincidencia es bajo-moderado”.
Fallo unánime
Al analizar el monto de la pena, Carusso se inclinó con el mínimo previsto -tres años- y modalidad condicional. Explicó que podrían haber apartado del mínimo, pero que el fiscal no fundamentó “de manera seria y con evidencia su postura y su pedido de pena efectiva”.
En tanto que avaló el cumplimiento de pautas de conducta por el término de tres años. La de mayor relevancia indica que tiene prohibido ingresar a Cinco Saltos y no debe tener ningún tipo de contacto con la víctima, ni personal ni por teléfono. Y si se llegan a encontrar eventualmente, el hijastro deberá alejarse inmediatamente.
Asimismo, le colocarán una pulsera de seguimiento satelital y debe fijar domicilio y no mudarse sin antes informarlo.
El resto de las medidas son de rigor: no tiene que cometer nuevos delitos, tampoco consumir bebidas alcohólicas o drogas “en la vía pública y en exceso” y tiene que someterse al control del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados.
Los jueces Alejandra Berenguer y Marcelo Gómez coincidieron con Carusso, por lo que el fallo fue por unanimidad.
Uno de los puntos de la resolución ordenó la libertad de J y comunicar a la Uadme -Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico- que llevará el dispositivo.
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